Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
CAPÍTULO II. De las obligaciones de Transparencia Comunes Artículo 70.
En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
I. El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios y políticas, entre otros.
II. Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Área generadora: Dirección de Planeación y Vinculación.
Fecha de validación: 17/02/2023
Fecha de actualización: 31/12/2023
V. Los indicadores de gestión, así como otros relacionados con temas de interés público o trascendencia social que, conforme a sus funciones, deban establecer.
Área generadora: Dirección de Planeación y Vinculación.
Fecha de validación: 18/01/2024
Fecha de actualización: 31/12/2023
VII. El directorio de servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel cuando se brinde atención al público, manejen o apliquen recursos públicos, realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos, el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.
Área generadora: Departamento de Recursos Humanos.
Fecha de validación: 18/01/2024
Fecha de actualización: 31/12/2023
VIII. La remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación bruta y sus deducciones e importe neto, señalando la periodicidad de dicha remuneración. En las prestaciones estarán comprendidas, en su caso, seguros, prima vacacional, aguinaldo, ayuda para despensa o similares, vacaciones, apoyo a celular, gastos de representación, apoyo por uso de vehículo propio, bonos o gratificaciones extraordinarias y las demás que, por conceptos similares, reciban los servidores públicos del sujeto obligado.
Área generadora: Departamento de Recursos Financieros.
Fecha de validación: 18/01/2024
Fecha de actualización: 31/12/2023
X. El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa.
Área generadora: Departamento de Recursos Humanos.
Fecha de validación: 18/01/2024
Fecha de actualización: 31/12/2023
XI. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios o asimilados, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.
Área generadora: Departamento de Recursos Humanos.
Fecha de validación: 05/12/2023
Fecha de actualización: 05/12/2023
XII. La información, en versión pública, de las declaraciones patrimonial, fiscal y de intereses de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable.
XIII. El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información.
Área generadora: Departamento de Recursos Humanos.
Fecha de validación: 18/01/2024
Fecha de actualización: 31/12/2023
XV. La información de los programas sociales, subsidios, estímulos y apoyos, en que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio.
No Aplica / El Instituto, no tiene atribuciones para desarrollar o ejecutar programas de subsidios, estímulos y apoyos.
XVI. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
Área generadora: Departamento de Recursos Humanos.
Fecha de validación: 18/01/2024
Fecha de actualización: 31/12/2023
XVII. La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto; si en tal información se incluyen estudios diversos a los requeridos para ocupar el cargo, el sujeto obligado deberá contar con el soporte documental respectivo.
XXI. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.
Área generadora: Dirección Planeación y Vinculación y Departamento de Recursos Financieros.
Fecha de validación: 10/01/2023
Fecha de actualización: 10/01/2023
XXII. La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable.
No Aplica / El artículo 323 Código Financiero para el Estado de Veracruz y el 20 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que la Secretaría de Finanzas y Planeación es la responsable del control y publicación de la deuda pública.
XXIII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.
No aplica / Los Lineamientos para la Aplicación de Recursos Públicos en Materia de Servicios de Publicidad, Información, Difusión y en General de las Actividades de comunicación social del Poder Ejecutivo, establece que la Secretaría de Finanzas y Planeación y la Coordinación General de Comunicación social son los encargados de la aplicación de recursos en materia de servicios de publicidad, información, difusión y en general de las actividades de comunicación social.
XXIV. El informe del resultado de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
XXVI. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.
No Aplica, toda vez que este Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado no realiza este tipo de actos de autoridad de acuerdo a su decreto de creación.
XXVII. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios o recursos públicos.
Área generadora: Departamento de Recursos Materiales.
Fecha de validación: 18/01/2024
Fecha de actualización: 31/12/2023
XXVIII. La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener.
Área generadora: Departamento Recursos Materiales.
Fecha de validación: 12/08/2022
Fecha de actualización: 30/06/2022
XXXV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención.
XXXVIII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.
Área generadora: Dirección de Planeación y Vinculación y Subdirección de Investigación y Posgrado.
Fecha de validación: 18/01/2024
Fecha de actualización: 31/12/2023
XXXIX. Las actas, acuerdos y resoluciones del Comité de los sujetos obligados, así como de sus órganos de gobierno, asambleas, consejos, plenos o sus equivalentes y, en su caso comisiones, comités o subcomités, según corresponda.
Área generadora: Subdirección de Posgrado e Investigación y Subdirección de Administrativa.
Fecha de validación: 18/01/2024
Fecha de actualización: 31/12/2023
XLII. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben.
No aplica/Corresponde a una atribución del Instituto de Pensiones del Estado de acuerdo al artículo 75 fracción IV de la Ley de Pensiones del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
XLIII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos.
Área generadora: Dirección Académica y Dirección de Planeación y Vinculación.
Fecha de validación: 18/01/2024
Fecha de actualización: 31/12/2023
XLVII. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente.
No Aplica / Toda vez que solo esta fracción se aplica para sujetos obligados como el Poder Judicial de la Federación, el Poder Judicial del Estado, la Procuraduría General de la República y la Fiscalía General del Estado en términos del artículo 16, párrafo trece constitucional y 291, 297 y 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
XLVIII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
Último Párrafo. Los sujetos obligados deberán informar al Instituto y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de internet, con el objeto de que éste verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de las fracciones aplicables a cada sujeto obligado.
ARTÍCULO 75.
Además de lo señalado en el artículo 70 de la presente Ley, las instituciones de educación superior públicas dotadas de autonomía deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
I. Los planes y programas de estudio según el sistema que ofrecen, ya sea escolarizado o abierto, con las áreas de conocimiento, el perfil profesional de quien cursa el plan de estudios, la duración del programa con las asignaturas y su valor en créditos.
Área generadora: Dirección Planeación y Vinculación y Dirección Académica.
Fecha de validación: 27/10/2022
Fecha de actualización: 30/09/2022
X. Los estados de su situación financiera, señalando su activo en propiedades y equipo, inversiones patrimoniales y fideicomisos, efectivo y los demás que apliquen para conocer el estado que guarda su patrimonio.